RGPD

RGPD – LOPDGDD

El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos o RGPD, deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) así como a todas las normativas de los países miembros, en el caso de España a la LOPD.

Te ayudamos a cumplir el nuevo reglamento.

Delegado de Protección de Datos (DPO o DPD)

Asesoramiento en legal y técnico.

Revisión, elaboración e implantación de estrategias, políticas y medidas.

Inventario de datos y correlaciones.

Evaluación de Impacto o Análisis de Riesgos.

Auditorias legales y de seguridad.

Derechos del interesado.

Planes de formación.

¿Qué debes saber del nuevo Reglamento?
  • Entrada en vigor a partir del 25 de Mayo del 2018
  • Registro de actividades de tratamiento
  • Requiere controles más exhaustivos, análisis de riesgos y evaluaciones de impacto
  • Responsabilidad proactiva
  • Incluye nuevas medidas de seguridad
  • Amplía los derechos a los ciudadanos
  • Requiere que se informe de manera más clara y amplia sobre los tratamientos de datos
  • Crea la figura del Delegado de Protección de Datos (DPO/DPD)
  • Obliga a notificar las violaciones de seguridad
  • Aumento de la cuantía de las sanciones, calculadas sobre el volumen de negocio.
¿Qué debes saber de la nueva Ley?

Entrada en vigor a partir del 5 de diciembre del 2018.

Se autoriza el derecho de acceso, rectificación y supresión de los datos de personas fallecidas a familiares y herederos, personas o instituciones designadas por el fallecido.

En relación a los menores de edad se fija en 14 años la edad en la que las personas otorgan su consentimiento.

Se permite la captación de imágenes de la vía pública a través de cámaras o videocámaras con la finalidad de preservar la seguridad de las personas, bienes e instalaciones cuando resulte imprescindible para esta finalidad.

Se recogen los derechos aplicables a Internet, o derechos digitales:

  • Derecho a la neutralidad de Internet.

  • Derecho de acceso universal a internet.

  • Derecho a la seguridad digital.

  • Derecho a la educación digital.

  • Protección de los menores en Internet y protección de datos de los menores en internet.

  • Derecho de rectificación.

  • Derecho a la actualización de informaciones en medio de comunicación digitales.

Derechos en el ámbito general:

  • Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales.

  • Derecho a la desconexión digital.

  • Derecho a intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y grabación de sonidos y utilización de sistemas de geolocalización.

  • Derechos digitales en la negociación colectiva.

    RGPD

    RGPD – LOPDGDD

    El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos o RGPD, deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) así como a todas las normativas de los países miembros, en el caso de España a la LOPD.

    Te ayudamos a cumplir el nuevo reglamento.

    Delegado de Protección de Datos (DPO o DPD)

    Asesoramiento en legal y técnico.

    Revisión, elaboración e implantación de estrategias, políticas y medidas.

    Inventario de datos y correlaciones.

    Evaluación de Impacto o Análisis de Riesgos.

    Auditorias legales y de seguridad.

    Derechos del interesado.

    Planes de formación.

    ¿Qué debes saber del nuevo Reglamento?
    • Entrada en vigor a partir del 25 de Mayo del 2018
    • Registro de actividades de tratamiento
    • Requiere controles más exhaustivos, análisis de riesgos y evaluaciones de impacto
    • Responsabilidad proactiva
    • Incluye nuevas medidas de seguridad
    • Amplía los derechos a los ciudadanos
    • Requiere que se informe de manera más clara y amplia sobre los tratamientos de datos
    • Crea la figura del Delegado de Protección de Datos (DPO/DPD)
    • Obliga a notificar las violaciones de seguridad
    • Aumento de la cuantía de las sanciones, calculadas sobre el volumen de negocio.
    ¿Qué debes saber de la nueva Ley?

    Entrada en vigor a partir del 5 de diciembre del 2018.

    Se autoriza el derecho de acceso, rectificación y supresión de los datos de personas fallecidas a familiares y herederos, personas o instituciones designadas por el fallecido.

    En relación a los menores de edad se fija en 14 años la edad en la que las personas otorgan su consentimiento.

    Se permite la captación de imágenes de la vía pública a través de cámaras o videocámaras con la finalidad de preservar la seguridad de las personas, bienes e instalaciones cuando resulte imprescindible para esta finalidad.

    Se recogen los derechos aplicables a Internet, o derechos digitales:

    • Derecho a la neutralidad de Internet.

    • Derecho de acceso universal a internet.

    • Derecho a la seguridad digital.

    • Derecho a la educación digital.

    • Protección de los menores en Internet y protección de datos de los menores en internet.

    • Derecho de rectificación.

    • Derecho a la actualización de informaciones en medio de comunicación digitales.

    Derechos en el ámbito general:

    • Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales.

    • Derecho a la desconexión digital.

    • Derecho a intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y grabación de sonidos y utilización de sistemas de geolocalización.

    • Derechos digitales en la negociación colectiva.